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INFORMACIÓN GENERAL

  • Normas aplicables a las Industrias farmacéutica y de nutrición animal, que pueden ser dictaminadas por OCETIF:

No. NOM Ojetivo y Campo de Aplicación Ver
1 NOM–012–ZOO–1993
Especificaciones para la regulación de productos químicos, farmacéuticos, biológicos y alimenticios para uso en animales o consumo por estos.
Establece las especificaciones para la producción y control de calidad de los productos químicos, farmacéuticos, biológicos y alimenticios para uso o consumo por animales y se aplica en todos los establecimientos que producen, importan, acondicionan, almacenan y comercializan dichos productos (para las Industrias farmacéutica y de nutrición animal). Ver >>
2 NOM–022–ZOO–1995
Características y especificaciones zoosanitarias para las instalaciones, equipo y operación de establecimientos que comercializan productos químicos, farmacéuticos, biológicos y alimenticios para uso en animales o consumo por estos.
Aplica a los establecimientos dedicados al almacenamiento y comercialización de materias primas y/o productos químicos, farmacéuticos, biológicos y alimenticios terminados para uso en animales o consumo por estos. (para las Industrias farmacéutica y de nutrición animal). Ver >>
3 NOM–025–ZOO–1996
Características y especificaciones zoosanitarias para las instalaciones, equipo y operación de establecimientos que fabriquen productos alimenticios para uso en animales o consumo por estos.
Establece las características zoosanitarias mínimas para establecimientos dedicados a la producción y maquila de productos alimenticios para uso o consumo por animales (para la industria de nutrición animal). Ver >>
4 NOM–026–ZOO–1994
Características y especificaciones zoosanitarias para las instalaciones, equipo y operación de establecimientos que fabriquen productos químicos, farmacéuticos y biológicos para uso en animales.
Tiene como objetivo definir los requisitos zoosanitarios mínimos que deben cumplir los establecimientos dedicados a producir o maquilar productos químicos, farmacéuticos, biológicos para uso o consumo por animales (para la industria farmacéutica). Ver >>
5 NOM–040–ZOO–1995
Especificaciones para la comercialización de sales puras antimicrobianas para uso en animales o consumo por estos.
Señala las condiciones para la importación o comercialización de sales puras antimicrobianas utilizadas en la elaboración de medicamentos y alimentos para animales en establecimientos que las produzcan, importen, acondicionen o almacenen (para las Industrias farmacéutica y de nutrición animal). Ver >>
6 NOM–060–ZOO–1999
Especificaciones zoosanitarias para la transformación de despojos animales y su empleo en la alimentación animal.
Determina las condiciones zoosanitarias para la utilización, transformación y comercialización de despojos animales y harinas obtenidas a partir de ellos, se aplica en plantas de rendimiento, plantas de sacrificio, corte y deshuese, así como comercializadoras de harinas (para la industria de nutrición animal). Ver >>
7 NOM–061–ZOO–1999
Especificaciones zoosanitarias de los productos alimenticios para consumo animal.
Tiene como objetivo que los productos destinados a la alimentación animal no representen un riesgo zoosanitario a partir de las especificaciones zoosanitarias de  esta norma, se aplica en los establecimientos que fabriquen, maquiles, importen y comercialicen estos productos (para la industria de nutrición animal). Ver >>
8 NOM–064–ZOO-2000
Lineamientos para la clasificación y prescripción de los productos farmacéuticos veterinarios por el nivel de riesgo de sus ingredientes activos.
Establece los criterios técnicos y científicos para clasificar, prescribir, comercializar y usar los ingredientes activos empleados en la formulación de productos farmacéuticos veterinarios de acuerdo a su nivel de riesgo, la deben cumplir quienes fabriquen, maquilen, importen, distribuyan, comercialicen, etc. productos farmacéuticos veterinarios (para la industria farmacéutica). Ver >>

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